Locations
En primer lugar, conviene precisar que para que el empleador sea beneficiario de los incentivos debe cumplir con una serie de requisitos:
- No haber sido inhabilitado para obtener subvenciones y ayudas públicas.
- No haber sido excluido del acceso a las ayudas, subvenciones, bonificaciones y beneficios derivados de programas de empleo o formación profesional.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Contar con el Plan de Igualdad en el caso de Empresas obligadas legalmente a su implantación.
En tercer lugar, y a efectos del cumplimiento de la obligación de mantenimiento de la situación de alta no se tendrá en cuenta: (i) las extinciones de contratos por causas objetivas o por despidos disciplinarios que no hayan sido declarados o reconocidos como improcedentes, (ii) los despidos colectivos que no hayan sido declarados o reconocidos como improcedentes, (iii) las extinciones causadas por dimisión, jubilación, muerte o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de la Persona Trabajadora, (iv) resolución en período de prueba, (v) las extinciones causadas por dimisión, jubilación, muerte o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del empleador, (vi) por expiración del tiempo convenido en caso de contratos formativos o de duración determinada bonificados, (vii) por fin del llamamiento de Personas Trabajadoras con contrato fijo-discontinuo o (viii) en el caso de subrogaciones.
En cuarto lugar, respecto de los incentivos a la contratación, sus cuantías lo son por cada contrato suscrito a tiempo completo. Si se trata de un contrato a tiempo parcial, las cuantías se reducirán proporcionalmente en función de la jornada. Si la jornada parcial es inferior al 50% de la jornada a tiempo completo no resultará de aplicación ningún importe de bonificación de cuotas, teniéndose en cuenta dicho período como consumido para el cómputo del tiempo máximo de disfrute de la bonificación de cuotas.
En quinto lugar, conviene destacar que no resulta de aplicación la bonificación de cuotas en el caso de:
- Relaciones laborales de carácter especial, con determinadas excepciones.
- Personas Trabajadoras que hayan causado baja en el correspondiente régimen de la Seguridad Social con un contrato de trabajo indefinido para otro empleador en un plazo de tres meses previos a la fecha del alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social con el contrato incentivado. Esta exclusión no se aplicará cuando la finalización del contrato sea por despido reconocido o declarado improcedente, o por despido colectivo.
- Contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, del empresario o de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las entidades o de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad, así como las que se produzcan con estos últimos.
- Contrataciones realizadas con personas trabajadoras que en los doce meses anteriores a la fecha de alta de la persona trabajadora en el correspondiente régimen de la Seguridad Social hubiesen prestado servicios en la misma empresa mediante un contrato por tiempo indefinido, o en los últimos seis meses mediante un contrato de duración determinada o un contrato formativo.
Finalmente, la norma entra en vigor el 01 de septiembre de 2023.
- Bonificaciones por la contratación indefinida:
Colectivo | Cuantía | Duración |
Personas Trabajadoras con capacidad intelectual límites | 128€/mes | 4 años |
Readmisión de Persona Trabajadora tras cese en la Empresa por Incapacidad Permanente Total o Absoluta Personas Trabajadoras mayores de 55 años con Incapacidad Permanente reincorporada a su Empresa en otra Categoría Profesional Personas Trabajadoras mayores de 55 años que recuperen su capacidad y puedan ser contratadas en otra Empresa |
138€/mes | 2 años, siempre y cuando la readmisión no responda a un derecho de las Personas Trabajadoras de reincorporarse al puesto de trabajo |
Víctimas de violencia de género, violencias sexuales y trata de seres humanos y explotación sexual o laboral | 128€/mes | 4 años |
Personas en situación de exclusión social | 128€/mes Excepción: primer contrato tras la finalización de un contrato de trabajo con empresa de inserción durante 12 meses sin prestar servicios más de 30 días para otro empleador tras el cese |
4 años Primeros 12 meses (147€/mes). Siguientes 3 años (128€/mes) |
Personas Trabajadoras desempleadas de larga duración (inscritas en Oficina Empleo al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación) | 110€/mes Excepción: mujeres o personas mayores de 45 años: 128€/mes |
3 años 3 años |
Víctimas del terrorismo | 128€/mes | 4 años |
Menores de 30 años con baja cualificación beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil | 275€/mes | 3 años |
- Bonificaciones por la contratación temporal:
Colectivo | Cuantía | Duración |
Personas desempleadas menores de 30 años para sustituir a Persona Trabajadora de baja por (i) riesgo embarazo, (ii) riesgo lactancia natural, (iii) nacimiento y cuidado de menor y (iv) ejercicio corresponsable del cuidado del menor lactante | 366€/mes, tanto en la persona sustituida como en la persona sustituta | Durante todo el periodo de sustitución |
Personas desempleadas con discapacidad para sustituir otra Persona Trabajadora con discapacidad en situación de Incapacidad Temporal | 366€/mes | Durante todo el periodo de sustitución |
Cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo, durante la lactancia natural y en los supuestos de enfermedad profesional | 138€/mes | Durante el cambio de puesto de trabajo |
Contrato formación en alternancia |
28€/mes en las cuotas de la Persona Trabajadora |
Durante toda su duración incluidas prórrogas |
- Bonificaciones por transformación en indefinido:
Colectivo | Cuantía | Duración |
De contratos formativos a la finalización de su duración inicial o prorrogada | 128€/mes Mujeres: 147€/mes |
3 años |
De contratos de relevo | 55€/mes Mujeres: 73€/mes |
3 años |
Persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de Personas que realizan formación práctica en empresas | 138€/mes | 3 años |
- Bonificaciones en sectores específicos:
Colectivo | Cuantía | Duración |
Personal investigador contratado a través de contrato predoctoral | 115€/mes |
Durante toda la vigencia del contrato incluido las prórrogas |
Incorporación de Personas Trabajadoras como socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales | 73€/mes Excepción: Menores de 30 años o menores de 35 años con discapacidad de al menos el 33% |
3 años 147€/mes primer año. 73€/mes durante los dos años siguientes |
Transformación de contrato temporal en fijo discontinuo en Agricultura | 55€/mes Mujeres: 73€/mes |
3 años |
Prolongación del periodo de actividad con contratos fijos-discontinuos en comercio, hostelería y turismo | 262€/mes |
Febrero, marzo y noviembre de cada año |