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Meritxell Budó, portavoz del Govern, anunció ayer una modificación del Código Civil catalán para introducir en la norma la cláusula rebus sic stantibus (estando así las cosas) con el objetivo –según explicó– de “acompañar a aquellas actividades que no podrán hacer frente a su alquiler” debido a las medidas restrictivas decretadas ahora o en el futuro. La rebus es un principio general del Derecho que en España no está regulado y que alude a la flexibilización de los contratos cuando las condiciones en las que se pactó han variado radicalmente y de forma imprevisible para las dos partes, lo que rompe el supuesto equilibrio en el que se sustentaba.
Es lo que ha sucedido este año. Miles de propietarios de bares, restaurantes, hoteles y, por supuesto, comercios no pueden pagar las rentas de alquileres que pactaron en su día porque sus ingresos han caído un 50%, un 70%, un 90% o hasta el 100%. Su situación es dramática desde hace meses, pero ahora empeorará mientras duren las nuevas restricciones. El Govern anunció ayer la nueva regulación, pero la realidad es que ha estado trabajando en este cambio normativo en los últimos meses a través, sobre todo, del Departament de Justícia, que dirige Ester Capella.
La regulación de la ‘cláusula rebus’ está lista para ir al Consell Executiu del martes si el Govern así lo decide
La idea básica de la reforma es dar la opción a que quien se halle ante la imposibilidad de cumplir un contrato por causa de la pandemia pueda pedir al juez que fije un plazo breve de renegociación o rescisión de este para llegar a un acuerdo. En caso de no lograrse, el juez podrá fijar nuevas condiciones acordes con la situación actual, que estarán vigentes mientras se mantengan los efectos devastadores de la crisis.
Este cambio es una revolución. La duda es cómo ejecutarlo ahora, con el Govern en funciones. Fuentes de Justícia dijeron ayer que “esto ya lo explicaremos más adelante”. Pero Jaume Alonso Cuevillas, portavoz de Justícia de JxCat en el Congreso, aseguró que es perfectamente posible realizar la reforma a través de un decreto ley o por una proposición de ley en el Parlament a cargo de cualquiera de los grupos. Previsiblemente, se optará por la primera opción y no se descarta que vaya al Consell Executiu del próximo martes.
La reforma puede tener una gran trascendencia, según los expertos. “Ahora, se puede aplicar la rebus porque hay jurisprudencia, pero si se regula por ley, otorgaría una gran seguridad jurídica a los demandantes al pedirla y a los jueces al aplicarla”, comenta Jordi Ruiz de Villa, socio de Fieldfisher JAUSAS. Javier Orduña, padre de esta reforma –y exmagistrado del Supremo que propició con dos sentencias del 2014 una aplicación más flexible de la rebus – dijo ayer que “la regulación es necesaria y atiende al interés general y cada minuto que pasa sin contar con ella es
peor”.
Algunos restauradores consultados ayer criticaron que el Govern les empuje a pleitear. Pero la realidad es que la aprobación de la rebus forzaría en la práctica muchas negociaciones entre las dos partes que ahora son imposibles siquiera de plantear. En los meses transcurridos desde el estallido de la pandemia, ya ha habido al menos una docena de casos en los que jueces han concedido medidas cautelares a demandantes que han invocado la rebus . Y eso, sin contar con una ley específica.