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Insight

Gestión de la prevención de riesgos laborales y coronavirus

03/03/2020

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Fieldfisher España

A fecha de hoy existen distintas zonas en las que la enfermedad COVID-19 ha sido diagnosticada, tanto en nuestro país como en el ámbito internacional. Es por ello que es fundamental que las empresas comprueben sus protocolos de prevención de riesgos laborales (“PRL”), a los efectos de garantizar una respuesta adecuada.

En este escenario, las prácticas recomendadas para realizar una gestión responsable de las obligaciones de seguridad y salud del empleador, son las siguientes:

1. Contactar con el Servicio de Prevención externo para comprobar si existen medidas específicas que deban adoptarse en la Empresa. En el supuesto de que el Servicio de Prevención sea interno, le corresponderá a sus responsables pronunciarse al respecto.

2. La Empresa debería adoptar un protocolo interno, basado en las medidas específicas que puedan resultar de aplicación y, en todo caso, difundir internamente las recomendaciones básicas de higiene proporcionadas por el Ministerio de Sanidad, a efectos de concienciar a la plantilla y evitar convertirse en un foco de contagio.

En el supuesto de que las instrucciones generen dudas, sería recomendable realizar una formación específica en colaboración con el Servicio de Prevención.

3. Por otro lado, a pesar de que el empleador es el principal responsable en lo que respecta a la normativa de PRL, las personas trabajadoras tienen un deber de colaboración específico en esta materia. De forma que resulta oportuno recordarles su obligación de cumplir con las instrucciones sanitarias, así como de su deber de evitar aquellas situaciones que puedan comportar un riesgo adicional (e.j. viajes a zonas en las que haya un riesgo de contagio adicional) e informar a la Empresa de las situaciones de exposición que hayan podido vivir.

4. Asimismo, atendiendo a que el Criterio 2/2020 de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ha aclarado que los periodos de aislamiento preventivo como consecuencia de la enfermedad COVID-19 recibirán el tratamiento de Incapacidad Temporal por enfermedad común, es importante compartir esta información con las personas trabajadoras que pudieran estar afectadas por la enfermedad.

5. En lo que respecta a los viajes a las zonas de especial riesgo de contagio, el Ministerio de Sanidad ha requerido que las Empresas eviten aquellos desplazamientos que no tengan carácter urgente. Sin perjuicio de ello, incluso en el caso de viajes urgentes las personas trabajadoras podrían negarse a realizar el desplazamiento en virtud de lo previsto en la normativa de prevención de riesgos laborales, por tanto, antes de adoptar medidas disciplinarias ante la negativa será necesario ponderar los intereses.

En lo que respecta al tratamiento de los datos médicos de la plantilla que padezca la enfermedad, estos continúan sujetos a la normativa de protección de datos personales, de forma que la Empresa no podrá tratar información relativa a diagnósticos o tratamientos de las personas trabajadoras, salvo que medie su consentimiento específico.

Como siempre, lo más importante en el manejo de la información de PRL es que esta sea lo más precisa posible y sirva para dar tranquilidad a la plantilla. Sin perjuicio de ello, tanto los protocolos que se adopten como los comunicados internos, deberían elaborarse cumpliendo con las obligaciones de prevención de riesgos laborales de la Empresa.