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La reforma de la Ley Concursal puede obstaculizar traspasos en el sector

26/02/2018
Las oportunidades que ofrece la Ley Concursal para comprar negocios en concurso de acreedores se han visto seriamente restringidas con las últimas reformas, que obligan a los compradores de unidades productivas a heredar las deudas con la Seguridad Social y con los trabajadores.

Se trata de modificaciones impulsadas a instancias del ministro de Economía, Luis de Guindos. Las justificaciones del Gobierno para la reforma es la protección de derechos laborales y las sentencias judiciales.

Aparte, una serie de resoluciones judiciales recientes abundan en este sentido. Varios autos de juzgados de lo Mercantil han fallado la asunción de toda la deuda laboral y de Seguridad Social en la adjudicación de una unidad productiva y no sólo la deuda que conllevaban los puestos de trabajo heredados). Aunque hay que recordar que la doctrina jurídica no es uní- voca en estos casos y hay sentencias europeas y de otros juzgados que han ido en dirección contraria

“Estos nuevos factores están limitando gravemente las posibilidades de recurrir a este tipo de operaciones para garantizar la viabilidad de una o más líneas de negocio”, explica a CF Elisa Escolà, del Departamento de Reestructuraciones e Insolvencias de JAUSAS, que añade que, ahora, cuando una empresa en concurso quiere plantearse la venta como solución, debería tomar medidas que tengan en cuenta ese factor.

Hasta ahora, la normativa concursal era ambigua en lo que respecta a la venta de la unidad productiva y eran muchos los jueces que dictaban que las deudas con la Seguridad Social no se heredan, con el fin de facilitar esta vía que permite que siga la actividad económica.

INDUSTRIA Y DISTRIBUCIÓN

Las empresas en concurso, explica Escolà, se compraban sin las deudas que esa empresa tuviera con sus trabajadores o con la Seguridad Social en relación con los trabajadores.

Este cambio de escenario puede afectar al sector farmacéutico, aunque no a las farmacias, ya que éstas son negocios personales y peronales las deudas de los propietarios, por lo que el el escenario no cambia para ellos. Pero sí afectaría a empresas de la industria y la distribución farmacéutica que estuvieran en concurso de acreedores a la hora de negociar vías de solución a su situación empresarial. Aunque no es en las empresas del sector farmacéutica donde se dan más concursos de acreedores.

Sin embargo, explica la experta de JAUSAS, aunque el cambio de escenario es importante, hay alternativas para facilitar la salida de la situación concursal.

Se trata de tener en cuenta la nueva situación, dice, y pone el ejemplo de una empreesa en concurso con varios centros, que puede negociar con algunos de ellos, no todos, con lo que la deuda será menor, o buscar, dentro de las normas, salidas alternativas. “Una de éstas sería restringir la sucesión de la deuda a un centro de trabajo concreto en el caso de grandes empresas, como hoteles”, por ejemplo”.

Por eso propone la necesidad de asesoramiento ante situaciones como éstas “ya que las empresas en concurso de acreedores deben explorar todas las posibilidades.

Áreas de especialización

Restructuraciones e Insolvencias