Nota informativa sobre la “Huelga Feminista” del 8 de marzo | Fieldfisher
Skip to main content
Insight

Nota informativa sobre la “Huelga Feminista” del 8 de marzo

07/03/2019

Locations

Fieldfisher España

Con ocasión del Día Internacional de la Mujer, que tendrá lugar mañana, 8 de marzo de 2019, prácticamente la totalidad de los sindicatos de España han formulado distintas convocatorias de huelga general, que coinciden con la manifestación feminista también prevista para el día de mañana a propuesta de ciertas organizaciones civiles y que ha adquirido la denominación de “Huelga Feminista”.

En este sentido, la huelga general que ha sido convocada para el día de mañana, bien durante toda la jornada o bien con paros parciales de dos horas en cada turno de trabajo, va dirigida a todos los trabajadores y trabajadoras de las empresas privadas y del sector público, con vinculación funcionarial, estatutario o laboral, así como las empleadas y empleados del hogar familiar.

Los motivos esgrimidos por los distintos sindicatos tienen un contenido ligado al ámbito laboral, aunque también alcanzan el ámbito social y político general. El hecho de que la “Huelga Feminista” y la huelga general se produzcan en la misma fecha, conlleva que el personal que se ausente de su puesto de trabajo para participar en la “Huelga Feminista”, tendrán en la práctica el tratamiento de huelguistas con independencia de que se adhieran o no a las reivindicaciones plasmadas en cualquiera de las convocatorias de huelga general planteadas, de forma que no devengarán las retribuciones correspondientes al tiempo en que hayan permanecido en esa situación.

Por tanto, resultará de aplicación el protocolo de huelga que corresponda en cada centro de trabajo, si lo hubiere. Además, el descuento de salarios por ejercicio del derecho a huelga se practica sobre el salario base diario y complementos salariales y también en la parte proporcional de los días de descanso semanal que correspondan, siendo el descuento proporcional a las horas de trabajo que dejen de prestarse efectivamente en el supuesto de los paros parciales. En las pagas extraordinarias no prorrateadas, el descuento se practica en el momento del abono de cada una de dichas pagas.