Últimos días para el cumplimiento de obligaciones fiscales
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Insight

Últimos días para el cumplimiento de obligaciones fiscales

Marta Trejo
11/11/2024
A bronze statue of Lady Justice holding scales in her left hand and a sword in her right hand, with a blindfold covering her eyes. The background is a clear, bright blue sky with light clouds. The image focuses on the statue, symbolizing fairness and law.

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Para todos aquellos contribuyentes que no tengan en cuenta que noviembre “también” es un mes con vencimientos, desde el departamento fiscal de Fieldfisher les hacemos este breve recordatorio para aquellas obligaciones fiscales que finalizan este mes de noviembre. 

Como obligaciones, no periódicas, debemos tener en cuenta que finalizan este mes de noviembre, las siguientes que acompañamos. No obstante, de manera excepcional para este ejercicio 2024, por ser no laborable el día 30 de noviembre, la obligación se extiende hasta el próximo día 2 de diciembre

  • Modelo 232.- Declaración informativa. 

El modelo 232 es un modelo informativo en que se declaran las operaciones vinculadas y aquellas operaciones o situaciones relacionadas con paraísos fiscales. 

Por ello, aquellos contribuyentes, que presenten Impuesto sobre Sociedades o Impuesto sobre la Renta de No Residentes que actúen mediante establecimiento permanente, estarán obligados a la presentación de este modelo si realizan las siguientes operaciones entre partes vinculadas: 

  1. Operaciones realizadas, con una misma persona o entidad, cuyo volumen de operaciones supere los 250.000 € anuales.
  2. Conjunto de operaciones específicas, del mismo tipo que superen los 100.000 euros anuales. Se entiende como operaciones especificas las siguientes:  
    1. Operaciones con personas físicas que tributen en estimación objetiva que la participación individual o conjuntamente con sus familiares sea ≥ 25% del capital o fondos propios.
    2. Transmisión de negocios, valores o participaciones en los fondos propios de entidades no admitidos a negociación o admitidos en paraísos fiscales.
    3. Transmisión de inmuebles y operaciones sobre intangibles.
  3. Con independencia del importe, aquellas operaciones del mismo tipo y método de valoración, que sean superior al 50 % de la cifra de negocio de la entidad.
  4. Operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales. 
  • Solicitud inscripción en el Registro de Devolución Mensual (REDEME).

De manera voluntaria, el contribuyente tiene la opción de solicitar la inclusión en el REDEME. Este régimen supone la posibilidad de obtener mensualmente la devolución de las cuotas de IVA soportadas. Para ello, debe cumplir, con carácter general, los siguientes requisitos

  • No realizar actividades que tributen en el régimen simplificado.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
  • No encontrarse en situación de exclusión del régimen de REDEME, o haber sido excluido del mismo en los 3 ejercicios anteriores.
     
  • Solicitud opción por aplicar IVA diferido a la importación. 

De manera voluntaria, el contribuyente tiene la opción solicitar el diferimiento del pago de IVA correspondiente a sus importaciones. Este régimen permite retrasar el pago correspondiente (e inmediato en el resto de casos) del IVA liquidado por la Aduana en la importación, incluyéndolo en la declaración mensual de IVA. Para ello, debe cumplir los siguientes requisitos

  • Que sea empresario o profesional.
  • Tener un periodo de liquidación mensual (inclusión SII).
  • Opción llevanza libros a través del Suministro Inmediato de Información (SII).

El contribuyente puede solicitar esta modalidad de llevanza de libros de manera voluntaria. Esta opción implica, entre otras, la obligación de liquidación mensual del IVA, y excluye la presentación de la declaración de resumen anual de IVA a través del modelo 390, y la declaración informativa de operaciones con terceros a través del modelo 347.

Como recordatorio, añadir que, para aquellas empresas con volumen de facturación superior a 6.010.121,04 euros, la inclusión en el SII es obligatoria

En definitiva, aunque aún estamos a tiempo, es recomendable tener en cuenta estas obligaciones para no incurrir en sanciones y poder, a efectos censales, planificar de forma eficiente nuestro siguiente ejercicio fiscal que está próximo a comenzar. 

Áreas de especialización

Fiscal