Pocos son los beneficios fiscales que nuestro legislador ha mantenido tras la última reforma fiscal introducida por la Ley 27/2014 de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Sin embargo, la deducción de I+D+it ha sido una de las que no sólo ha sobrevivido a la reforma sino que ha sido favorecida en la nueva etapa que se inicia en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades.
La intención de nuestro legislador es impulsar la inversión en investigación, desarrollo e inno...
Pocos son los beneficios fiscales que nuestro legislador ha mantenido tras la última reforma fiscal introducida por la Ley 27/2014 de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Sin embargo, la deducción de I+D+it ha sido una de las que no sólo ha sobrevivido a la reforma sino que ha sido favorecida en la nueva etapa que se inicia en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades.
La intención de nuestro legislador es impulsar la inversión en investigación, desarrollo e innovación tecnológica. Por ello, la reforma legislativa no sólo favorece la deducción de I+D+it sino que por primera vez recoge la posibilidad de aplicar el cash back, esto es, la solicitud a la Administración Tributaria para que abone esa deducción si el sujeto pasivo no dispone de cuota impositiva suficiente para aplicarla.
En un momento en el que la actividad económica parece que quiere reactivarse, es necesario un máximo aprovechamiento no sólo de la aplicación de la deducción de I+D+it sino del llamado Patent Box. JAUSAS tiene que el placer de invitarle a una jornada dirigida a aquellas empresas que en el desarrollo de su actividad generen bien I+D+it o bien know how, con el objetivo de valorar los efectos prácticos de las implicaciones de la nueva regulación. La jornada contará con relevantes ponentes de la Administración Tributaria, que expondrán de forma práctica sus valoraciones sobre la materia.